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Dictamen concluye que expulsión de Kattya fue constitucional y eleva un pedido a la Corte

Dictamen concluye que expulsión de Kattya fue constitucional y eleva un pedido a la Corte

La decisión de la Cámara de Senadores de aplicar la pérdida de investidura a la exparlamentaria Kattya González, se ajustó a lo que establece la Constitución Nacional, según el dictamen del asesor jurídico Sergio Godoy, quien pide a la Corte expedirse sobre la constitucionalidad o no en el cambio de reglamento aplicado en diciembre pasado.

La conclusión de la asesoría jurídica del Senado, respecto al actuar de la Cámara Alta en la expulsión de Kattya González, señala que la Cámara obró correctamente y se basa en cuatro artículos de la Carta Magna: 3, 137, 256 y el 260.

El 3 sobre la independencia de poderes, el 137 sobre la primacía de la Constitución (carecen de validez todos los actos contrarios a ella), el 256, párrafo 2, donde establece que toda sentencia judicial debe estar fundada en la Constitución Nacional y el 260, respecto a la competencia de la Sala Constitucional para tratar y entender este tipo de cuestiones.

“En una breve y respetuosa nota decimos a la Corte Suprema de Justicia que realice el control de constitucionalidad de la resolución 429 del 2023, que analice si es o no constitucional”, explicó el abogado Godoy.

La resolución citada por Godoy es la que, en la última sesión del 2023 aprobó la modificación del reglamento interno de la Cámara Alta, respecto a la elevación de la mayoría necesaria para la destitución de un legislador.

Para Godoy, aquella resolución es inconstitucional, pues, fijar una mayoría absoluta como hizo la 429 va contra la Carta Magna que dice que, en caso de que la CN no establezca una mayoría, regirá la mayoría simple de votos.

La importancia de que la Corte se expida sobre la constitucionalidad o no de aquel cambio de reglamento radica en que, muchas referencias, como el dictamen fiscal y hasta la defensa de la propia Kattya González, se habla de la falta de apego a la resolución que establece el cambio del reglamento, sin embargo, no se estudia la constitucionalidad o no de esa disposición.

Fuente: HOY