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Imputan a funcionario del INCAN por tráfico de influencias tras su detención en entrega vigilada

Imputan a funcionario del INCAN por tráfico de influencias tras su detención en entrega vigilada

El agente fiscal Luis Lionel Piñánez García, titular de la Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción n.º 9, presentó imputación en contra de un funcionario administrativo del Instituto Nacional del Cáncer (INCAN), por la presunta comisión del hecho punible de tráfico de influencias, en calidad de autor. Tras el procedimiento realizado en torno al caso, el representante del Ministerio Publico había ordenado la detención preventiva del encausado.

De acuerdo a la investigación, la presente imputación de los hechos se funda esencialmente en la denuncia presentada por la víctima, a través de la Nota D.G.A.T. n.º 455 de fecha 13 de abril del 2026, presentada por el director general de Anticorrupción y Transparencia del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, en donde se denuncia un supuesto hecho de corrupción por parte de funcionarios públicos, que prestarían servicios en el Instituto Nacional del Cáncer (INCAN), así como en los elementos de pruebas recolectados durante esta etapa de investigación, como ser: dinero en efectivo incautado del poder del denunciado, teléfono celular, utilizado por el mismo desde donde se realizaban las llamadas y mensajes entre denunciante y denunciado, todo bajo autorización judicial correspondiente y que obran en la carpeta fiscal de investigación.

Según la denuncia, la víctima manifestó que presuntamente el 3 de enero de 2026 mantuvo una comunicación telefónica con un funcionario administrativo del INCAN, quien le habría solicitado Gs. 3.000.000 para agilizar, mediante su influencia, una cirugía requerida en dicha institución. Ante la imposibilidad de pagar el monto total, se acordó un pago fraccionado. En ese contexto, el 18 de enero de 2026 entregó Gs. 1.000.000 en efectivo al funcionario en el patio del INCAN. Al día siguiente, el 19 de enero de 2026, fue sometido al procedimiento quirúrgico correspondiente. Posteriormente, tras la biopsia, se le informó verbalmente que la patología era benigna y que no correspondía una segunda cirugía en el INCAN, siendo orientado a continuar atención en el Hospital de Clínicas.