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Diputados modifica cálculo para la habilitación vehicular tras varios cuestionamientos

Diputados modifica cálculo para la habilitación vehicular tras varios cuestionamientos

Por amplia mayoría, la Cámara de Diputados aprobó este martes algunas modificaciones en la Ley 7447/2025, que fija nuevos precios para la habilitación de vehículos unificados para todos los municipios del país.

La normativa fue promulgada el pasado 6 de enero por el presidente Santiago Peña y desde su aplicación generó reacciones y cuestionamientos de diferentes sectores.

El diputado Alejandro Aguilera (ANR-HC) planteó la derogación de la ley por ser, a su criterio, anticonstitucional y por atentar contra la autonomía de las municipalidades. Pese a ser oficialista, no obtuvo el acompañamiento de su bancada.

Tras el rechazo en mayoría, se planteó el estudio del proyecto que establece modificaciones a la normativa, presentada por varios diputados.

Primero aprobaron en general y luego procedieron al estudio en particular (artículo por artículo).

En primer término, modificaron el artículo 22 de Ley 620/1976, que establece el régimen tributario para las municipalidades de 1.ª, 2.ª y 3.ª categoría.

Ahora, se unifica el cálculo del impuesto a la patente de rodados sobre el 0,3% del valor imponible proveído por la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial (ANTSV) para todas las Municipalidades de 1.ª, 2.ª Y 3.ª categoría incluida la Municipalidad de Asunción.

Dicho monto se irá disminuyendo cada año en un 5% hasta que el auto tenga 10 años de antigüedad. El cálculo para la patente se hará con base en el 0.3% del valor imponible.

Se crea, a su vez, el Registro Único de Habilitación de Rodados (RUHR), cuya aplicación estará a cargo de la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial (ANTSV).

Por su parte, la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial (ANTSV) deberá proveer el listado de valores imponibles de los vehículos actualizados anualmente y el cálculo de impuesto a ser aplicado en cada caso a través del RUHR.

Mientras que el artículo 3 establece que los intendentes que otorguen patentes irregulares serán sancionados con una multa de un jornal mínimo por cada patente irregular.

La ANTSV tendrá como facultad la verificación, liquidación y cobro de la multa.

Por último, derogaron la Ley 5817/2017, que sustituye los artículos 25, 26 y 27 de la Ley 881/1981, que establece el régimen tributario y otros recursos para la Municipalidad de Asunción.

Las modificaciones pasan a la Cámara de Senadores para su estudio.